Las autoridades de la Ciudad de México dieron a conocer nuevas disposiciones de operación para los comercios dedicados a la preparación de comida, las cuales estarán vigentes hasta que se levante la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia.

Derivado de una serie de acuerdos entre vecinos, empresarios y autoridades, el gobierno de la Ciudad de México dio a conocer modificaciones del programa de enseres e instalaciones de restaurantes en vía pública.

Por medio de la Gaceta Oficial capitalina, se informó que entre los cambios más notorios destaca que su vigencia estará hasta que se levante la declaratoria de emergencia sanitaria.

Asimismo, se establece que para el caso de establecimientos mercantiles de bajo impacto se condonará de forma total los pagos de derechos que se generen por la colocación de enseres al aire libre.

En tanto, se aplicará un incentivo de forma parcial para los establecimientos mercantiles de impacto vecinal, quienes realizarán un pago único por la cantidad de 3,000 pesos.

Sobre el inmobiliario que se permitirá, destacan las sombrillas, mesas, sillas o bancos, toldos, plataformas, soportes, barreras físicas o señalética de protección (que no se hallen sujetos o fijos a la vía pública). Los establecimientos podrán colocar los enseres siempre que se cuente con una banqueta de tres metros o más.

En el arroyo vehicular podrán establecerse cuando el establecimiento mercantil se encuentre ubicado en una vía secundaria.

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De cubrirse 75% de aforo permitido en alguna de las opciones, no podrán ocuparse el resto de las opciones. En ningún caso el aforo permitido en la zona de enseres al aire libre del establecimiento mercantil podrá ser mayor al 75%, aún considerando algún otro aforo permitido”, destacó la publicación oficial.

Cuando se coloquen enseres sobre arroyo vehicular, se deberá garantizar la protección de las personas usuarias con barreras físicas y señalética que deberá colocarse dentro de los límites del cordón de estacionamiento.

A la par, los enseres en banqueta deberán dejar un espacio libre para el paso peatonal en línea recta de al menos 2 metros, continuo y sin obstáculos.

“Los establecimientos mercantiles que no cuenten con fachada principal a la banqueta, no podrán colocar enseres en vía pública (…) En caso de centros y plazas comerciales o inmuebles que albergan varios establecimientos, queda prohibida la colocación de enseres en vía pública”, ahondó el documento.

Tiempos

La Gaceta Oficial de la Ciudad de México precisó que los establecimientos mercantiles tendrán hasta el 15 de marzo de 2022 para modificar su zona de enseres de conformidad con las nuevas disposiciones previstas.

“Los establecimientos beneficiarios que al término de la vigencia de su aviso no lo revaliden previo pago de derechos, según corresponda, se procederá a cancelar su registro en la plataforma”, detalló la autoridad.

En tanto, los establecimientos que durante las visitas de supervisión incumplan las disposiciones, el Instituto de Verificación Administrativa (Invea) de la Ciudad de México apercibirá por única ocasión, a fin de que se subsane el incumplimiento.

“De no atender el apercibimiento o de reincidir en el incumplimiento, el Invea suspenderá temporalmente la actividad hasta por 15 días naturales, sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda”, puntualizó la publicación.